Hola de nuevo a todos:
En la entrada de «palabras con significados contrarios» propuse que se considerara el verbo «caber». Esto ha generado bastantes comentarios y ha dado de sí más de lo esperado. Con el fin de no dominar/complicar excesivamente la entrada ya existente, le he pedido a Blasita que traslade esos comentarios a esta nueva conversación. Espero que no os suponga una molestia.
Un saludo,
Nibbles
NOTA (Blasita): El título original de esta conversación era: ¡Donde cabe uno, no caben veinte!, cambiado a petición de la autora. Se refiere al hecho de que los primeros veinte comentarios se escribieran primeramente en esta otra entrada.
Se me ha ocurrido la palabra caber. El DRAE la define así:
De acuerdo con la primera acepción, si yo no puedo contenerme dentro de mis pantalones, no quepo en ellos. Sin embargo, frecuentemente se oye «Este pantalón no me cabe». No veo una definición que equivalga a «poder contener» y cuando oigo una declaración así, siempre tengo que suprimir las ganas de contestar «¡La que no cabes eres tú, no te fastidia!»
Hola y muchas gracias por pasarte por aquí y tu aporte, Nibbles.
«Caber»: qué curioso verbo, ¿verdad? Fíjate, creo que solemos decir que la ropa no nos cabe como manera de echarle la culpa a la ropa y no a que nos hemos pasado en la mesa. En fin, una tontería mía.
El DPD y el DUE de María Moliner. Copio las del DUE porque no están en línea:
He echado también un ojo al DRAE de 2001, el anterior Diccionario, y esta entrada de «caber» ha sufrido modificaciones. Así era:
Se ha eliminado la mención de «coger» en las definiciones: ¿será porque «coger» ya no se usa o se usa menos con el significado de llenar u ocupar un espacio?
Buenas noches.
Pues sí, es curioso que hayan eliminado lo que era la primera definición y la más cercana al latín original.
Digan lo que digan los diccionarios, a mí me parece un verbo contradictorio porque, al fin y al cabo, «No me cabe el pantalón» y «No quepo en el pantalón» significan lo mismo (¡por mucho que queramos dar a entender con la primera que el pantalón ha encogido!)
Hola nibbles:
Para mí que el hecho de decir «No me cabe el pantalón» pareciera que se le echa la culpa al pantalón, pero no es realmente correcto…aunque se pueda hacer juego de palabras con eso, pero la realidad es que entre las dos frases la única diferencia que hay es la forma de construirlas.
“No me cabe el pantalón”
“No quepo en el pantalón”
Gracias, chileno, por aportar.
Creo que quieres decir que el significado no cambia, solo la construcción. Por lo que deduzco que no lo consideras una «palabra con significado contrario», como exige el título de la entrada actual. ¿Voy bien?
Puede que tengas razón. Nunca se me ocurriría decir que son contrarios o contradictorios «Me olvidé de llamarle», «Se me olvidó llamarle», «Olvidé llamarle».
Pero con lo de «caber», solo la lógica/experiencia nos hace entender que la anilla rodea el tubo/la barra. Forzando la imaginación, podría ser al revés. ¿O no?
Sí. Es lo que quiero decir.
NO creo que sea lógico como el ejemplo del anillo con el tubo.
No sé que opinan los demás, pero así lo veo yo.
Buenos días:
Mi opinión es que tu opinión es acertada, Nibbles. 🙂
En efecto, el verbo caber tiene dos sentidos que son opuestos, ya que, según el contexto, puede aplicarse al contenido y también al continente. Dicho de otro modo, que según se construya la frase, el sujeto de la oración puede ser uno u otro:
En la frase Manuel (sujeto) no cabe en ese traje de buzo, el verbo caber tiene el significado de poder alojarse y se aplica al contenido (Manuel).
Pero si cambiamos la frase y la construimos de este modo: Ese traje de buzo (sujeto) no le cabe a Manuel, en este caso el verbo caber tiene el sentido de poder contener/poder abarcar y se aplica al continente (el traje).
Pero la segunda forma, que equivaldría a la del caso que tú has citado, Nibbles: Este pantalón no me cabe y a otros similares como por ejemplo El sombrero no me cabe, me deja pensativo. Verás por qué:
Tomando este último ejemplo, parece (sólo parece) que la forma ortodoxa de expresar esa contrariedad debería ser Mi cabeza no cabe en el sombrero. Y ahora vienen mis elucubraciones en el sentido de que quizá por abreviar se ha ido modificando esa forma de construir la frase y a lo largo de los años se ha quedado de este modo, que es más corto y más cómodo de expresar: El sombrero no me cabe.
Por eso dije en otra ocasión: la pregunta del millón es si el verbo caber ha tenido siempre esas dos acepciones tan claramente opuestas, o lo que ha sucedido realmente es que el uso de la expresión ‘abreviada’ (¿un mal uso que con el tiempo se ha impuesto?) es el que nos ha obligado a introducir en nuestro léxico un segundo significado para caber, de modo que además de tener el sentido primitivo de poder alojarse tenga como nuevo sentido el de poder abarcar.
Alimenta esa duda el hecho bastante «sospechoso» de que el modo que he llamado primitivo tenga un ámbito de aplicación ilimitado, frente al ámbito tan restringido que tiene el modo que he llamado nuevo, ya que éste lo aplicamos al cuerpo humano (aunque en ocasiones también al de animales y figuras), y no hacemos lo mismo cuando se trata de cosas, de objetos. O sea que podremos decir Esta falda (continente) es muy estrecha y no le cabe a María, pero no diremos Esta bolsa (continente) es muy pequeña y no le cabe a la sandía, ni tampoco Esta plaza de garaje (continente) es muy reducida y no le cabe al coche, etc., etc.
…..
Sea como fuere, en la página del DUE que ha aportado Blasita figuran claramente los dos significados de caber que estamos analizando, aunque observo que el que yo considero primitivo lo pone en segundo lugar, mientras que el DLE lo sitúa en primera posición; y el otro, Nibbles (que dices que no lo ves) yo entiendo que está en la acepción 2 («Tener lugar o entrada»), si bien es cierto que podían haberlo definido mucho mejor, incluso con ejemplos como hace el DUE.
Por último, Blasita, la supresión en el DLE de coger con el sentido de caber no me parece acertada, puesto que expresiones con ese verbo (p. ej.: Esta última bolsa ya no coge en el maletero) doy fe de que se siguen utilizando en algunas regiones españolas, y por eso el DUE la mantiene.
Un abrazo.
(Voy a hacer un pequeño viaje. Hasta la vuelta, pues, queridos amigos). 🙂
Hola a todos….Ojalá que te pille antes de que te vayas.
Estaría mal decir «Este pantalón no me contiene»?
Por cierto Robin, que te vaya muy bien.
Curioso, muy curioso esto de caber algo en algo. Aunque parece una contradicción, yo no veo mayor problema en decir que una cosa no cabe en otra … «yo no quepo en (dentro de) los pantalones» y lo contrario … «estos pantalones no me caben». Reconozco mi escaso conocimiento de la gramática pero supongo que la aparente contradicción la causa el uso de caber como transitivo (no me caben estos pantalones) o intransitivo (no quepo en estos pantalones).
Un saludo.
Muy buenas tardes a todos:
Caber es intransitivo hoy en día (en «No me caben estos pantalones», «estos pantalones» es sujeto:) ), aunque se usó también como transitivo, ya que el verbo en latín (capĕre) era transitivo. Del Quijote, Segunda parte de Cervantes:
Echemos un ojo a este extracto, que he tomado del CNDHE:
Esto último puede que ayude a responder la pregunta del millón que nos plantea Robin. Este uso ya se daba, al menos, en el siglo XVII. Entonces ¿será una mera interpretación o derivación de la definición general o un simple uso concreto referido a la ropa?
Un cordial saludo.
P. D. Buen viaje, Robin. Que todo vaya fenomenal. Te vamos a echar muchísimo de menos.
Muy buenas noches:
Acabemos considerándola como «palabra con significados contrarios» o no, me alegro de haberla mencionado puesto que todas vuestras reflexiones son muy interesantes y agradezco especialmente la investigación realizada y la documentación aportada. Aquí se aprende de todo.
Robin, la segunda definición del DLE (“Tener lugar o entrada”) me tuvo algo perpleja; no sabía si debía interpretar Yo no tengo lugar/entrada en este pantalón o Este pantalón no tiene lugar/entrada para mí. En el lenguaje actual, haría falta una preposición u otra, ¿no?
Buenos días:
Sí, Nibbles, en el DLE está muy clara la acepción de caber con el significado de poder alojarse en el interior de algo, pero no ocurre lo mismo con la acepción que corresponde a poder abarcar/contener algo. Esta última podría ser la acepción 2 («Tener lugar o entrada») si consideramos que tener lugar es en este caso tener el espacio suficiente. Además, habría que añadir, como tú bien dices, la preposición para (o perífrasis como «con relación a», «respecto a», «requerido por», etc.).
En mi modesta opinión, el DLE debería haber sido aquí más explícito e incluso haber puesto algunos ejemplos, como han hecho otros diccionarios para este caso.
Y perdona el retraso en contestar. Un abrazo.
Te agradezco mucho la respuesta, Robin. Y en cuanto al «retraso», no hay nada que perdonar. Espero que hayas disfrutado del viaje.