Buenas tardes, amigos:
Pensaréis que no tengo nada mejor que hacer, pero son cosas que me llaman mucho la atención y siento la necesidad de compartirlas con alguien (con alguien que no me responda siempre con un «ya estás de nuevo con el mismo rollo…»).
Esta vez se trata de un ejemplo que aparece en el Diccionario panhispánico de dudas (2005) de la RAE en su artículo dedicado a los puntos suspensivos, punto 3.c) y que dice así:
c) Los puntos suspensivos se escriben delante de los signos de cierre de interrogación o de exclamación si el enunciado interrogativo o exclamativo está incompleto: ¡Si te dije que…! Es inútil, nunca haces caso a nadie; si está completo, los puntos suspensivos se escriben detrás, sin espacio de separación: ¿Me habrá traído los libros?… Seguro que sí. Pueden darse casos en que se junten el punto de una abreviatura, los tres puntos suspensivos y el de los signos de cierre de interrogación o de exclamación: —¿Viste a ese Sr….? —Sí, el Sr. González estuvo aquí ayer.
¡Ahí está! Es ese «¿Viste a ese Sr….?», para mí, tan desafortunado.
Tenía entendido que las abreviaturas no pueden aparecer en cualquier punto de un texto en lugar de la palabra a la que reemplazan, ya que su uso se limita a contextos muy determinados, y que no podría escribir ahora mismo que les agradezco mucho a *Uds., sino a ustedes, que estén prestándome atención.
También había creído siempre que las abreviaturas de tratamientos (Sr., D., Dr., Lcdo….) solo deben emplearse cuando anteceden al nombre propio y no si se usan aisladas. Una restricción que no tienen las formas plenas (señor, don, doctor, licenciado…), que pueden usarse tanto si preceden al nombre propio como si van sin él.
¿Creéis posible que este ejemplo del DPD es un error? Y, si no lo es porque mi planteamiento solo es cuestión de estilo y no una norma, ¿no podrían haber elegido otro menos conflictivo?
Cada vez que lo miro, siempre me causa la misma impresión: rechazo total.
Agradezco, como siempre, todos vuestros comentarios.
Un fuerte abrazo
Hola. Madri, no vas a agradecer mi comentario porque me temo que no va añadir nada importante, te adelanto. Menos mal que estás de vuelta y «tó» potente, ¡qué alegría!
A mí también me llama la atención, para mal, ese ejemplo del DPD. Lo tomo como que los puntos suspensivos son para no mencionar el apellido del señor por no acordarse de su nombre: ¿estaré diciendo una tontería? Mejor no apuesto. Es decir:
—¿Viste a ese Sr….? (A ese Sr. Pérez, García … no me acuerdo de su apellido y los puntos suspensivos lo sustituyen).
—Sí, el Sr. González estuvo aquí ayer.
Vengo reventada de un finde de trabajo, ¡mañana no curro!
Abrazos
Buenos días:
Estoy de acuerdo con este párrafo, Madri, y además me parece que es una aclaración muy pertinente.
Pero centrándome en tu pregunta, entiendo que la duda que podemos tener al respecto los hispanohablantes de a pie está en la elección de una de estas dos formas del siguiente ejemplo: la a) o la b):
a)
—¿Cómo quedó el debate entre el Sr. Pérez, el Sr. González y el Sr.…? Ahora no recuerdo su nombre.
—García. Pues el caso es que…
b)
—¿Cómo quedó el debate entre el Sr. Pérez, el Sr. González y el señor…? Ahora no recuerdo su nombre.
—García. Pues el caso es que…
De lo que el DPD indica en el punto 2.d de esa página se deduce que los puntos suspensivos pueden sustituir a un nombre común, pero no dice nada respecto a los nombres propios. Por lo tanto, el quid de este asunto está, creo, en saber si estos puntos tienen la entidad suficiente para sustituir a un nombre propio. Si la respuesta fuese afirmativa, la frase del DPD sería correcta. De lo contrario…
No sé si Blasita encontrará la solución en la Nueva Gramática. (Esa labor se la dejo siempre a ella porque yo ahí me pierdo 🙂 ).
Saludos cordiales.
Buenos días de nuevo:
He vuelto a la página del DPD relativa a los puntos suspensivos para releer el apartado 2. d) que antes cité, y que dice así:
Bien mirado (lo que quiere decir que antes no lo miré bien), de ahí no se puede deducir que los puntos suspensivos puedan sustituir siempre a nombres comunes (que en el ejemplo serían los nombres puta, perra u otros similares), SINO solamente cuando estos son conocidos y se intuyen, a fin de evitar el uso de palabras o expresiones inconvenientes. Otro ejemplo sería: Cuando el grajo vuela bajo, hace un frío del…
Por consiguiente, no hay ningún punto del apartado «2. Usos» de esa página que indique que los puntos suspensivos puedan sustituir a cualquier nombre común, como por error afirmé antes.
Y esto inclina la balanza hacia el lado en donde está la opinión de Madri, pero me queda una última duda: ¿Podrían sustituir los puntos suspensivos a nombres propios que se intuyan o deduzcan de la frase correspondiente como sucede con los comunes?
A ver quién nos echa una mano.
Saludos cordiales.
Buenas tardes, Madri y todos:
Al revés, ya sabes que estamos siempre esperando tu compañía y esas preguntas tan únicas e inteligentes, a la vez que complicadas, que tú nos planteas en el Café.
Tenemos claro que las abreviaturas de tratamiento no pueden ir solas, es decir, deben ir seguidas del nombre propio. La Ortografía (pág. 569) lo confirma:
Por otra parte, los puntos suspensivos señalan una suspensión o una omisión. Desde luego que estoy contigo en que habría ejemplos más apropiados para ilustrar ese apartado del DPD; sin embargo, aunque lo considero mejorable en cuanto a estilo, no lo veo incorrecto. Sí tacharía de incorrecto escribir «¿Viste a ese Sr.?». Se ve que el Sr. González es un nombre consabido y el hablante lo deja en suspensión, en el aire, debido a que no se acuerda del apellido en ese momento, por ejemplo. Si se hubiera escrito «¿Viste a ese señor…?», lo interpretaría como un señor cualquiera y no se seguiría de la frase que dice el segundo hablante.
Solo mi opinión.
Un abrazo.
Robin siempre lo resume fenomenal. A ver, me extrañaría que un diccionario así cometiera errores al escribir ejemplos, aunque en algunas parecidas nos hemos visto.
Sigo pensando que es correcto omitir cualquier cosa con puntos suspensivos aunque como decís en el ejemplo quede fatal. ¿No habeis encontrado nada sobre esto en la Nueva Gramática?
Si ponemos otros ejemplos queda todavía peor jo más bien es imposible:
—¿Has podido hablar con D. …?
—Sí, hablé con D. Ignacio ayer (???)
Saludos cordiales
Queridos todos:
Me parecen muy razonables todos vuestros argumentos, como siempre, pero sigo teniendo algo (bastante) de desconcierto.
Porque la RAE arguye cosas así: No es incorrecto el uso de las abreviaturas en el interior de un texto, pero se recomienda no ponerlas. No son válidas las abreviaturas de tratamientos si no van acompañadas del nombre propio —esto solo en casos especiales—, pero luego hay que echar mano de la pragmática y tratar de encontrar una explicación a ejemplos como el del DPD.
Es mucho más fácil hacer ganchillo. Cuando te confundes en un punto, hay que soltar todo y volver a empezar.
Abrazos.